Re: [lac-discuss-es] ICANN vs. "piraterÃa": NO, no exactamente



La protecciÃn de los derechos de PI tienen un sesgo notable a favor de los 
grandes productores en desmedero de los pequeÃos y de los mismos usuarios.

Llevar los litigios al Ãrea de ICANN hubiera significado un enorme retroceso 
para el verdadero espÃritu de la norma legal, ahondando aÃn mÃs las asimetrÃas 
anotadas.

Sin duda que ellos seguirÃn insistiendo y tambiÃn que esta posiciÃn de ICANN 
resulta, necesaria de establecerse como una formal posiciÃn de referencia 
internacional en la aplicaciÃn de la normativa nacional. 

Gracias por compartirlo. Sin duda un caso de estudio.


Carlos Vera Quintana
0988141143
SÃgueme @cveraq

> El 5 jul 2016, a las 8:00 p.m., Alejandro Pisanty <apisanty@xxxxxxxxx> 
> escribiÃ:
> 
> Colegas,
> 
> https://www.icann.org/en/system/files/correspondence/crocker-to-shatan-30jun16-en.pdf
>  es una carta de Steve Crocker a Greg Shatan que resulta de la mayor 
> importancia en mi opiniÃn.
> 
> En ella el Dr. Crocker expone os resultados de una discusiÃn del Board de 
> ICANN sobre la intervenciÃn que los defensores de derechos de propiedad 
> intelecual han solicitado a ICANN en algunas disputas por "piraterÃa" 
> (difusiÃn de contenido sin autorizaciÃn de sus titulares) y marca un hito.
> 
> La expresiÃn de ICANN indica que la organizaciÃn no està obligada ni se le 
> puede requerir que determine si existen violaciones de dichas autorizaciones 
> u otras leyes en los sitios de Internet registrados bajo distintos nombres de 
> dominio y que su acciÃn se restringe a lo que puede hacer para fortalecer los 
> contratos (registrador-registro, etc.) y los PICs (Public Interest 
> Commitments o Compromisos de InterÃs PÃblico) de los gTLDs. Ello no excluye 
> que las partes puedan litigar contra los  presuntos responsables de dichos 
> contenidos en los foros, tribunales y cortes donde corresponda.
> 
> Esta negativa de ICANN a entrar en la regulaciÃn basada en el contenido y a 
> expandir el alcance de su misiÃn ("mission creep") es, como dije arriba, un 
> hito notable.
> 
> Considero ademÃs que su impacto mÃs general en nuestra regiÃn debe ser 
> benÃfico, ya que con frecuencia nos encontramos con iniciativas de ley y 
> propuestas de regulaciÃn que pretenden mezclar nombres de dominio (y 
> direcciones IP) con otras capas de la red, de maneras imprudentes y 
> condenadas a la inefectividad respecto a su propÃsito expreso, pero con 
> potencial daÃo colateral. PodrÃamos tener en esta carta un sÃlido antecedente 
> internacional, de robusta base tÃcnica y legal, para frenar muchas malas 
> medidas, y orientar hacia direcciones mÃs productivas.
> 
> InteresarÃa muchÃsimo conocer otras opiniones para ajustar la expresada.
> 
> Saludos cordiales,
> 
> Alejandro Pisanty
> 
> -- 
> - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
>      Dr. Alejandro Pisanty
> Facultad de QuÃmica UNAM
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