Estimados,
Mediante este correo nosotros respondemos a sus preguntas y
observaciones al proceso eleccionario anunciado con fecha 06/08/2015
para la elecciÃn del ALAC Member que reemplazarà a FÃtima Cambronero.
Reanudaremos el llamado con las correcciones respectivas a la brevedad.
Saludos
*1.- A la preguntas de Antonio Medina:*
Este proceso que inicia es para la "seleccion" o "eleccion" del
representante de Lacralo ante el ALAC?
ElecciÃn- Parte como si no hubiera existido nada anteriormente.
Lance Hinds es delegado de una ALS debidamente acreditada?
Asà es, Su ALS es DEVnet de Guyana.
Para este nuevo proceso por alguna razon, Lance Hinds esta impedido?
No esta impedido.
En caso afirmativo existe alguna declaracion al respecto?
En caso negativo puede ser nominado?
Puede ser nominado
Hay otras ALS's impedidas o representantes de ALS's impedidos y que
no pueden ser nominados?
SÃlo de Brasil y MÃxico como se seÃalarà en la convocatoria.
Hay algo mas que debamos conocer con anticipacion para no repetir
situaciones como las acontecidas recientemente?
Se dirà en la convocatoria.
*2.- Al requerimiento de Alejandro Pisanty*
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Alejandro seÃalà que la anterior convocatoria dejaba un punto
contencioso que dio lugar a controversia en el recientemente
suspendido proceso de votaciÃn: âla determinaciÃn de elegibilidad de
los candidatos, en particular en este caso la determinaciÃn de
posibles impedimentos por conflictos de interÃs irresolublesâ
Hemos analizado la posibilidad de incorporar esta exigencia, pero no
encontramos ninguna referencia explÃcita en los principios operativos
ni en las RoP. AdemÃs cada candidato debe completar su DeclaraciÃn de
InterÃs (SOI) de donde se puede desprender si a criterio de los
votantes existe algÃn conflicto de interÃs. En resumen, se dejarà a
criterio de los votantes determinar si algÃn candidato tiene o no
conflictos de interÃs.
Creemos que a futuro deberemos incorporar una regla explicita que
regule este tema en nuestros documentos organizativos.
*3.- A lo solicitado por FÃtima Cambronero*
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FÃtima seÃalà en resumen que habÃa dos errores en la comunicaciÃn
enviada. El primero, excluir la nacionalidad argentina para una
posible candidatura y que el computo de los plazos era de dÃas
corridos (naturales) y no de dÃas laborales.
Respecto del primer punto, estuvimos debatiendo y entendemos que
aunque la norma no es absolutamente clara al respecto, procederemos a
adoptar la interpretaciÃn seÃalada por FÃtima y por ello podrà ser
candidato alguien de nacionalidad argentina.
Con respecto al tema de los plazos, se modificarÃn los plazos que
serÃn de dÃas corridos (naturales) y se modificarà la convocatoria en
este sentido.
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